jueves, 10 de septiembre de 2015

RESUMEN DE LEY ORGANICA DEL PRESUPUESTO EN GUATEMALA

Llamada también ley del presupuesto, es el conjunto de leyes que tiene por finalidad normar los sistemas presupuestarios de contabilidad integrada gubernamental, de tesorería y de crédito público de Guatemala.
Objetivo
Realizar la programación, organización, coordinación, ejecución y control de la captación y uso de los recursos publico bajo los principios de legalidad, economía, eficiencia, eficacia y equidad, para el cumplimiento de los programas y los proyectos de conformidad con las políticas establecidas.
Sistematizar los procesos de la programación, gestión y evaluación de los resultados del sector público,
Desarrollar y, mantener sistema integrado que proporcionen información oportuna y confiable sobre el comportamiento de la ejecución física y financiera del sector público.
Velar por el uso eficaz y eficiente del crédito público, coordinando los programas y desembolso y utilización de los recursos, así como las acciones de las entidades que intervienen en la gestión de la deuda interna y externa.
Fortalecer la capacidad administración y los sistemas de control y seguimiento para asegurar el adecuado uso de los recursos del Estado.
ESTA LEY SERA APLICADA A:
1)    Los organismo del Estado
2)    Las entidades descentralizadas y autónomas
3)    Las empresas cualquiera sea su forma de organización cuyo capital este conformado con aportaciones del Estado.
Integran los sistemas presupuestarios de contabilidad integrada gubernamental: La tesorería y crédito público el Ministerio de Finanza Publica, como los órganos rectores y todas las unidades que cumplan funciones de administración financiera en el sector público.
Todo servidor público que maneje fondos o valores del Estado, así como los que realicen funciones de Direcciones Superior o Gerenciales, deben de rendir cuentas de su gestión, por lo menos una vez al año ante su jefe inmediato.

Sistema presupuestario.
Es el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que rigen el proceso presupuestario de todos los organismo y entidades que conforman el sector público.
El presupuesto Público
Es la expresión anual de los planes del Estado, elaborados en el marco de la estrategia de desarrollo económico y social, en aquellos aspectos que exigen por parte del sector público, captar y asignar los recursos conducentes para su normal funcionamiento y para el cumplimiento de los programas y proyectos de inversión a fin de alcanzar las metas y objetivos sectoriales, regionales.
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Contendrá las identificaciones específicas de las distintas clases de ingreso y otras fuentes de financiamiento, incluyendo los montos estimados para cada uno-
Deberá contener todo aquel ingreso de cualquier naturaleza que se estima percibido, en la cual recaudar durante el ejercicio fiscal, el financiamiento provenientes de las erogaciones y operaciones de crédito publico, y que no represente entradas de dinero en efectivo.
PRESUPUESTO DE EGRESOS
Se utilizara una estructura programática coherente con las políticas y planes de acción del Gobierno, que permita identificar la producción de bienes y servicios de los organismos y entes del sector  público.
El presupuesto de ingreso y de egreso, deberá formularse y ejecutarse, utilizando el momento del devengado de las transacciones como base contable.
Cuando en el presupuesto de los organismos y entidades públicas, se incluyan créditos para contratar obras, o adquirir bienes y servicios cuyos plazo de ejecución exceda de un ejercicio fiscal, se deberá adicional a la información del ejercicio el monto de los ingresos invertidos en años anteriores y los que invertirán en el futuro, sobre la base de la programación financiera anual. Así como el cronograma de ejecución física.



FORMULACION DEL PRESUPUESTO
Políticas presupuestarias
El organismo Ejecutivo, a través de sus dependencias especializadas, practicara una evaluación anual del cumplimiento de los planes y políticas nacionales y del desarrollo general del país, esta  propuestas de prioridades presupuestarias en general y de planes, y de programas evaluación dictara las políticas presupuestarias y los lineamientos generales sobre  estas bases. Las entidades preparan sus propuestas de prioridades presupuestarias en general  y de planes y programas de inversión pública en particular, para la formulación del proyecto de presupuesto general de ingreso y egresos del Estado.
PRESENTACION DE ANTEPROYECTO
Para los fines que establece esta ley y con el objeto de integrar el presupuesto consolidado del sector publico los organismo del Estado y sus entidades descentralizadas y autónoma, deberán presentar al Ministerio Finanza Publica en la forma y en el plazo que se fije en el reglamento, sus anteproyecto de presupuesto adjuntando su planes operativos.
PRESENTACION DEL ´PROYECTO DE PRESUPUESTO
El organismo ejecutivo presentara el proyecto de presupuesto general de ingreso y egreso del Estado al Congreso de la República ,al más tardas el dos de Septiembre del año, acompañado de la información que se especifique en el reglamento de esta ley..
FALTA DE APROBACION DEL PRESUPUESTO
Si en el termino establecido en la Constitución de la República, no hubiere aprobado el presupuesto general de ingreso y egreso del Estado para el próximo ejercicio fiscal, será el presupuesto con el año anterior.
EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESO
La ejecución del presupuesto de ingreso y egreso se regirá por las leyes y reglamentos que determinan su creación y administración, así como las normas y procedimientos establecidos por el órgano del sistema presupuestario.
MEDIDAS DE AJUSTES PRESUPUEATRIOS
Cuando el  comportamiento de los ingresos corrientes muestren una tendencia significativa inferiores las estimaciones contenidas en el presupuesto general de ingreso y egreso de la Nación, el ministerio de Finanzas Publica, deberá  realizar los ajustes pertinentes.
PROGRAMACION DE LA EJECUCION
De acuerdo con las normas técnicas, para efecto de la programación  de la ejecución que establezcan el Ministerio de Finanza Publica, las entidades y organismo que financieramente dependa total o parcial, propondría la programación  de la ejecución física  y financiera  de su presupuesto. Este fijara la cuota  de compromisos y devengados y pagos considerando el flujo estacional de los ingresos la capacidad real de la ejecución de fondo requeridos, oportuno y eficiente de las metas de los programas y proyectos
EVALUACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA
Alcance de la Evaluación
La evaluación  presupuestaria comprenderá básicamente la medición de los resultados físicos y financieros y los efectos producidos, el análisis de las variaciones observadas, con la determinación de las causas y la recomendación de medidas correctivas
Evaluación de la Gestión Presupuestaria
Sin perjuicio de la evaluación permanente interna, que debe realizar cada Organismo del Estado, los entes comprendidos en la presente, evaluar la ejecución presupuesto general de ingresos y egresos del Estado y de los presupuestos de las entidades con excepción de las municipalidades del país. Tratan  de los proyectos de inversión, la evaluación se coordinara con la secretaria de planificación.
LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO
Cierre Presupuestario.
Las cuentas del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado se cerraran el treinta y uno de Diciembre  de cada año. Los ingresos que se recauden se consideran  parte de un nuevo ejercicio, independientemente de la fecha en que se hubiese  originado de la obligación de pago de la liquidación de los mismos.
SISTEMA DE TESORERÍA
El sistema de tesorería lo constituyen el conjunto de principios, órganos y procedimientos relativos a la administración de los recursos público y su aplicación para el pago de las obligaciones del Estado
PROGRAMA ANUAL DE CAJA
Es el instrumento mediante el cual se programan los flujos de fondos del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado y se definen los montos al máximo, para cada uno  de los periodos que establezcan el reglamento de fondos disponibles para que el organismo y entidades cumplan con las obligaciones generadas en el proceso de la ejecución presupuestaria.
LETRAS DE TESORERÍA
El organismo ejecutivo, con el objeto de cubrir deficiencias estacionales de los ingresos y para mantener un ritmo constante en la ejecución de las obras y servicios públicos, puede acordar el uso del crédito a corto plazo, mediante la autorización para emitir letras de la Tesorería hasta unos 20 % de los ingresos corrientes estimados en el presupuesto en vigencia.
FONDOS ROTATIVOS
El ministerio de Finanzas Publicas, podrá autorizar el funcionamiento de fondos rotativos con el régimen y los limites que establezcan el reglamento, para la cual, la tesorería nacional podrá entregar los fondos necesarios con carácter de anticipo, autorizando la apertura y manejo de cuentas corriente para facilitar la administración de los referidos fondos.
RENDICION DE INFORME DE ENTIDADES FINANCIERAS
El Banco de Guatemala y cualquier entidad pública o privada que actué como agente financiero del Gobierno de la República, rendirá informe diariamente ante el Ministerio de Finanzas Publica, sobre el movimiento y disponibilidad  de las cuentas a su cargo incluyendo los fondos de la garantía.
EL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO
Lo constituyen el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que regulan la celebración, ejecución y administración de las operaciones de endeudamiento que realice el Estado, con el objeto de captar medios de financiamiento.
AMBITO LEGAL
El crédito público, se rige por las disposiciones de esta ley, las normas reglamentarias que dictamine el Ministerio de Finanza Publica y por lo demás disposiciones legales que autoricen operaciones especificas, los recursos captados del crédito público se destinaran al financiamiento de: Inversiones productivas, casos de evidentes necesidad nacional.
DEUDA PÚBLICA DE MEDIANO Y LARGO PLAZO
1)    La emisión y colocación de títulos, pagare, bonos, obligaciones
2)    La contratación de préstamos con instituciones financieras
3)    La contratación de obras, servicios o adquisiciones.
PRESUPUESTACION DE LA DEUDA PÚBLICA

Se incluirán en el presupuesto general, las operaciones de crédito público aprobados por el Congreso de la República, y las que permitan prever su desembolso en el ejercicio fiscal que se está aprobando.

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